07/28/08 6

Fundación Font Picant



CONTRATO DE ASISTENCIA


De una parte ..........................................................., en su calidad de DIRECTOR ASISTENCIA y como representante del Programa Asistencial de la Fundación "Font Picant" y desde ahora “Fundación”,y por la otra Don/ña...................................Estado Civil: .............. Cargas familiares:........, Profesión: ....................., Residencia C/....................................de Ciudad o Pueblo.................................................................CP..................DNI:............................................

Y en situación laboral de: .......................... y en su carácter de “demandante de servicios” de aquí y en adelante “Paciente”; ambos acompañados de las siguientes personas que actúan como testimonios familiares o expertos ajenos a la Fundación:


Doña: DNI:


Ambas partes y en consideración al ejercicio de expresa voluntad por parte de él o la “Paciente”

ACUERDAN:


1 - El ingreso voluntario y estancia del Paciente en el Centro Sant Miquel de Maifré (SMM) durante un tiempo de 6 meses a partir del día 10 de diciembre de 2007, para ser estudiada y tratada por su trastorno adictivo, que se caracteriza por:


Diagnósticos de la Unidad Hospitalaria:(*)................................................................................

Diagnósticos de la Unidad Ambulatoria de Derivación:(*)........................................................

(*) Se deberán adjuntar los documentos acreditativos de los mencionados centros púbicos derivadores.


Y ella manifiesta se trata de .......................................................................................por lo que entiende en el momento de firmar este acuerdo, habrá elaborado su problema para trabajar su dependencia con la supervisión y el soporte de un equipo profesional experto en el centro SMM para lograr su deshabituación, rehabilitación y elaboración de un proyecto para su integración psicosocial de acuerdo al Plan de Tratamiento Individual (PTI) trazado.


2 - El Paciente expresa en este acto encontrase en posesión de sus facultades cognitivas y volitivas como para comprometerse a cumplir con las normas básicas de convivencia en el Centro, fuera de las cuales no podrá permanecer, destacándose:
















3 – El programa SMM acuerda ofrecer:


3.1 – Un centro residencial rural y abierto, enfrentado a las montañas del Sur, con sus instalaciones de hostelería y servicios (cocinas, comedores, aulas, salas, espacios) necesarios para la correcta realización de los programas colectivos e individuales hasta para 35 personas.



3.2 – Un equipo profesional compuesto por psicólogos, educadores, médico especialista, enfermera y monitores de actividades que se conectan con la red pública de asistencia y cuentan con los recursos de soporte (cocineros, proveedores, lavanderos como personal de mantenimiento y vigilancia) para cumplir con los objetivos del plan de tratamiento individualizado que se adjunta en este documento.






4 – Acuerdo económico:


Recoge para todos sus extremos, los acuerdos o convenios que la Fundación determine con los departamentos de Acció Cívica i Ciudatanïa o Salut de la Generalitat de Catalunya y por ende se habrá de tener presente:



En el caso del Sr/Sra.:...................................................... se establece:


CANTIDAD CONCERTADA

CUOTA ASISTENCIAL

Entre 300 y 1500 €

GASTOS PERSONALES

100-150 €

TOTAL A INGRESAR MENSUALMENTE

Mínimo= RMI ó PNC



4.4.- Manejo de los recursos económicos en el Centro SMM:


El dinero mensual asignado a las compras básicas, podrá ser utilizado cuando el Paciente lo estime necesario, siempre bajo la supervisión de los responsables asistenciales, con quienes establece un plan individual de necesidades y gastos. Durante el período de tratamiento y en el espacio físico del Centro, el Paciente no tendrá en ningún caso dinero en efectivo en su poder. En el supuesto de que la persona firmante incumpla este contrato o de que abandone el Programa por cualesquiera otros motivos; el dinero que tenga en su cuenta personal le será entregado en metálico o ingresado en su cuenta bancaria.


4.5.- Los pacientes sin recursos


Para personas sin recursos y en trámite para la Renta Mínima de Inserción, las asignaciones económicas de uso personal quedarán sujetas a la disponibilidad económica del Programa durante el ejercicio en curso; en la medida de lo posible se cubrirán las necesidades básicas de consumo individual para la estancia y recreo hasta la percepción del Salario Social, del cual se le descontarán con posterioridad de los gastos observados.



5 – DE LA CONDUCTA:


Imponer conductas marginales, incumplir reiteradamente las actividades de comunidad, mostrar actitudes negativas y/o agresivas a si mismo o en sus relaciones con compañeros; el destrozo intencionado de mobiliario o maquinaria de la Fundación, pueden ser motivo de exclusión del Programa Rural estableciéndose como norma a seguir la separación cautelar de la persona implicada. El equipo asistencial determinará las medidas de apoyo o separación definitiva.


6- DE LA FORMACIÓN:


El tratamiento en SMM incluye la participación en actividades de Formación en Pre-talleres o Talleres – cuando éstos son autorizados y financiados por el Departament de Treball y el Fons Social Europeu - por lo que no se justifica ningún tipo de trato especial o diferenciado a los participantes del Centro, salvo razones de estricto orden médico-sanitario. Cada persona se integrará en un Taller concreto donde asumirá la disciplina formativa y exigencias generales del mismo, dentro de ritmos y horarios regulados por las Ordenanzas del Ministerio de Trabajo y del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya .



7.- DE LAS SALIDAS DEL CENTRO:







En todos los supuestos de alejamiento el Paciente deberá:







9 - Para Reclamaciones o Sugerencias:


En el Centro SMM existe y se encuentra a disposición de los pacientes un Libro de Reclamaciones. Además, en el Centro de Acogida y Seguimiento de la Sagrada Familia y en los departamentos de Benestar i Familia y Salud de la Generalitat de Catalunya, existen impresos en catalán y castellano para realizar sugerencias y reclamaciones dirigidas al Presidente de la Fundación y a las Autoridades de la Generalitat, lo mismo que toda la documentación de las normas interiores de funcionamiento del Centro Rural. También está en permanente disposición del Paciente, toda la documentación médica, psicológica, social y judicial que se haya reunido hasta el momento de ser solicitada.


10 – De los familiares y otras situaciones externas:


Se concluye que tanto Paciente como Familiares entienden el tratamiento residencial como prioritario e imprescindible para su deshabituación-rehabilitación y que cualquier diferencia u opinión habrán de canalizarla por intermedio del personal experto y responsable de la Fundación sin que durante su curso se interpongan – con excepción de razones de fuerza mayor – otros asuntos de naturaleza afectiva, familiar o laboral.



Habiendo leído este Convenio y dando el acuerdo para que conste, firman las partes y testimonios en


Osor (Girona) a 10 de Diciembre de 2007


Don JESUS CALDERA ALONSO Nombre de la Persona (El o la Paciente)

Por Fundación Font Picant. DNI:









Testimonios:

Complejo socio-sanitario y de formación profesional “Sant Miquel Maifré”. Cra. Embassament Susqueda Km. 7,5. Girona – Osor – Susqueda 17166. Telf: 34.934353819-34.972430310. e-mail: fundación@fontpicant.com

Web: www.fontpicant.com Institución fundada en setiembre de 1986. Registro 268. NIF: G.58251901.